About the Journal
Enfoque y alcance
Frecuencia de publicación y call for papers
El Boletín Criminológico, desde su creación en 1994, se ha caracterizado por contar con una periodicidad de publicación anual; por tanto, cada volumen se corresponderá con el año natural, abriéndose en enero y cerrándose en diciembre. Actualmente, el Boletín Criminológico reúne 30 volúmenes, organizados de la forma que a continuación se muestra:
Boletín Criminológico Vol. 0 (1994) (artículos nº 1 a nº 6).
Boletín Criminológico Vol. 1 (1995) (artículos nº 7 a nº 16).
Boletín Criminológico Vol. 2 (1996) (artículos nº 17 a nº 24).
Boletín Criminológico Vol. 3 (1997) (artículos nº 25 a nº 31).
Boletín Criminológico Vol. 4 (1998) (artículos nº 32 a nº 37).
Boletín Criminológico Vol. 5 (1999) (artículos nº 38 a nº 44).
Boletín Criminológico Vol. 6 (2000) (artículos nº 45 a nº 50).
Boletín Criminológico Vol. 7 (2001) (artículos nº 51 a nº 56).
Boletín Criminológico Vol. 8 (2002) (artículos nº 57 a nº 62).
Boletín Criminológico Vol. 9 (2003) (artículos nº 63 a nº 70).
Boletín Criminológico Vol. 10 (2004) (artículos nº 71 a nº 77).
Boletín Criminológico Vol. 11 (2005) (artículos nº 78 a nº 82).
Boletín Criminológico Vol. 12 (2006) (artículos nº 83 a nº 92).
Boletín Criminológico Vol. 13 (2007) (artículos nº 93 a nº 101).
Boletín Criminológico Vol. 14 (2008) (artículos nº 102 a nº 109).
Boletín Criminológico Vol. 15 (2009) (artículos nº 110 a nº 117).
Boletín Criminológico Vol. 16 (2010) (artículos nº 118 a nº 125).
Boletín Criminológico Vol. 17 (2011) (artículos nº 126 a nº 132).
Boletín Criminológico Vol. 18 (2012) (artículos nº 133 a nº 140).
Boletín Criminológico Vol. 19 (2013) (artículos nº 141 a nº 147).
Boletín Criminológico Vol. 20 (2014) (artículos nº 148 a nº 153).
Boletín Criminológico Vol. 21 (2015) (artículos nº 154 a nº 160).
Boletín Criminológico Vol. 22 (2016) (artículos nº 161 a nº 167).
Boletín Criminológico Vol. 23 (2017) (artículos nº 168 a nº 174).
Boletín Criminológico Vol. 24 (2018) (artículos nº 175 a nº 181).
Boletín Criminológico Vol. 25 (2019) (artículos nº 182 a nº 188).
Boletín Criminológico Vol. 26 (2020) (artículos nº 189 a nº 196).
Boletín Criminológico (2020) EDICIÓN ESPECIAL. II Encuentro de Jóvenes Investigadores en Criminología (artículos nº 197 a nº 206).
Boletín Criminológico Vol. 27 (2021) (artículos nº 207 a nº 212).
Boletín Criminológico Vol. 28 (2022) (artículos nº 213 a nº 216).
Boletín Criminológico Vol. 29 (2023) (artículos nº 219 a nº 222).
Boletín Criminológico Vol. 30 (2024) Edición abierta.
Al contar con ediciones anuales, el periodo de envío de artículos para su evaluación y posterior publicación (o call for papers) se encuentra abierto todo el año. A continuación, se facilita información sobre las fases del proceso de valoración y publicación, así como el lapso temporal que abarca cada una de ellas. Los plazos son aproximados, pudiendo verse afectados por circunstancias ajenas al equipo editorial de la revista (retrasos achacables a autores, o revisores), o por la coincidencia de periodos no lectivos en la Universidad española (p.ej., vacaciones de Navidad, Semana Santa o el mes de agosto). En este caso, si bien pueden seguir enviándose contribuciones, no serán valoradas hasta que estos periodos no lectivos hayan concluido.
Una vez el artículo se encuentra publicado y accesible en abierto, se envía por correo a los suscriptores de la revista. Cualquier persona interesada podrá recibir los últimos números del Boletín Criminológico de forma electrónica si escribe a la dirección boletincrimi@uma.es indicando la dirección de correo en la que desea recibir los artículos en formato digital.
Proceso de evaluación por pares
El trabajo que se someta a evaluación para su eventual publicación debe derivar de una investigación propia, no haber sido publicado con el mismo formato que se presenta y no estar siendo objeto de postulación para su publicación en otra revista simultáneamente y con el mismo formato. El Boletín Criminológico, la institución editora y el consejo editorial no se hacen responsables de posibles reclamaciones derivadas del incumplimiento de estos requisitos, en especial, respecto a la originalidad de los trabajos, respondiendo en última instancia la persona que ha enviado el trabajo a la revista.
Los trabajos, tras su aceptación por la Dirección del Boletín Criminológico, serán sometidos a la valoración de dos miembros del Comité de evaluación, que se realizará según el procedimiento de revisión por pares ciegos. Las personas asignadas para realizar esta labor recibirán el formulario disponible en la plataforma a efectos de objetivizar la evaluación. Asimismo, los revisores y revisoras deben declarar si existe un conflicto de intereses para evaluar el artículo. En caso de que exista dicho conflicto deberán abstenerse de realizar la revisión y se designará un/a nuevo/a revisor/a. El artículo se publicará si concurre el informe favorable de las dos personas evaluadoras, quienes podrán dejar en suspenso su decisión hasta que se proceda a corregir los defectos observados y comunicados por el Consejo editorial al autor o autora.
La Dirección del Boletín Criminológico podrá asimismo proponer reformas de estilo.
Exención de responsabilidad
Las opiniones y resultados de la investigación consignados en cada manuscrito científico son de exclusiva responsabilidad de las personas autoras. El Boletín Criminológico no se hace responsable, en ningún caso, de la credibilidad y autenticidad de los trabajos, ni de las opiniones vertidas por los autores y autoras.
Compromiso ético y buenas prácticas
Garantizar la ética y la calidad de los artículos presentados se vertebra como uno de los objetivos principales que deben ser cumplidos por el Boletín Criminológico. Por este motivo, el equipo editorial de esta revista toma como referencia el código de conducta y buenas prácticas que el Comité de Ética en Publicaciones (COPE) define para editores de revistas científicas.
Con el objetivo de cumplir estas directrices, los manuscritos son evaluados por pares externos anónimos con criterios basados exclusivamente en la relevancia científica, originalidad, claridad y pertinencia del trabajo presentado. En todo momento se garantiza la confidencialidad del proceso de evaluación y el anonimato de las personas evaluadoras y autoras, el contenido evaluado, el informe razonado emitido por los evaluadores o evaluadoras y cualquier otra comunicación emitida por las personas que revisen el manuscrito. De la misma forma, se mantendrá la confidencialidad ante posibles quejas, reclamaciones o aclaraciones que un autor desee formular al equipo editorial o evaluador.
Adicionalmente, el Boletín Criminológico suscribe la Declaración de San Francisco sobre la Evaluación de la Investigación (DORA, por sus siglas en inglés), la cual contiene un conjunto de principios para mejorar la forma en que se evalúa la investigación científica y académica. Aunque no están dirigidas exclusivamente a las revistas, estas recomendaciones tienen implicaciones importantes para ellas, especialmente en la forma de medir el impacto de las publicaciones científicas y cómo valoran la calidad de la investigación. Particularmente, en lo que respecta a la actividad editorial, las recomendaciones aplicables al Boletín Criminológico se centran en el establecimiento de métricas no dependientes en exclusiva del factor de impacto, la transparencia en el proceso de evaluación por pares, el fomento de la evaluación integral de la investigación, la evitación del factor de impacto como criterio sustitutivo de la calidad, el fomento de la publicación en acceso abierto o la apertura a nuevos tipos de publicaciones.
Antiplagio
El Boletín Criminológico declara su compromiso por el respeto e integridad de los trabajos publicados. Por esta razón, el plagio está estrictamente prohibido y los textos que se identifiquen como plagio o su contenido sea fraudulento, serán eliminados del proceso de evaluación. Al aceptar los términos y condiciones expresados, las personas autoras deben confirmar que los artículos y los materiales asociados a él son originales y no infringen los derechos de propiedad intelectual. Las personas que postulen sus trabajos al proceso de evaluación deberán plasmar, en caso de autorías compartidas, la existencia de consenso pleno en su postulación a la revista y que el trabajo propuesto no ha sido presentado ni publicado con anterioridad con el mismo formato en otro medio de difusión.
Por ello, la revista emplea, por una parte, los servicios de Crossref Similarity Check y de Ithenticate y Unicheck, de privado y libre acceso, respectivamente, para escanear todas las propuestas que hayan pasado el proceso editorial de clasificación y resulten susceptibles de ser enviados a una revisión por pares ciegos. Este procedimiento permite garantizar que todos los trabajos publicados en el Boletín Criminológico sean inéditos.
Adicionalmente, la Revista se reserva la decisión de rechazar los artículos con un porcentaje de similitud inadecuado.
Política de acceso abierto
El Boletín Criminológico proporciona un acceso abierto a su contenido, basado en el principio de que ofrecer al público un acceso libre a las investigaciones ayuda a un mayor intercambio global del conocimiento. Por tanto, todos los contenidos están disponibles de forma gratuita sin cargo alguno para el usuario o su institución. Las personas usuarias pueden leer, descargar, copiar, distribuir, imprimir, buscar o enlazar la versión completa de los textos de los artículos o usarlos para cualquier otra finalidad legal, sin permiso previo del equipo editorial o de las personas autoras de los manuscritos.
Siguiendo esta premisa, se permite a las personas que accedan a la web de la revista citar, compartir, imprimir y distribuir el material siempre que se indique de manera clara y explícitamente la referencia bibliográfica completa del trabajo. En ningún caso debe de ser utilizado con fines comerciales.
Po otra parte, el Boletín Criminológico recomienda a las personas autoras que archiven su artículo en sus webs personales, repositorio institucional de su Universidad y repositorios públicos (Mendeley, Cosis…), en redes sociales científicas (ResearchGate, Academia.edu, Kudos...), redes generalistas (Facebook, Twitter, LinkedIn…), gestores bibliográficos, Google Scholar, ORCID, ResearchID, ScopusID…, incluyendo siempre la referencia bibliográfica completa.
Cargos por procesamiento (APC)
En ningún caso, los autores y autoras están obligados a pagar cargos por el procesamiento de artículos (APC) en esta revista.
Políticas de preservación digital
La revista Boletín Criminológico utiliza DOI, que es un identificador persistente, por lo que asegura que el enlace se va a mantener en el tiempo, y está incluida en DOAJ, que es una iniciativa comunitaria de pares, que mantienen el proyecto del directorio de revistas en acceso abierto colaborado para identificar principios de transparencia y buenas prácticas de las publicaciones académicas. Asimismo, el Boletín Criminológico se encuentra indexado en numerosas bases de datos (Dialnet, MIAR, EBSCO, entre otras) permitiendo el acceso a sus contenidos en caso de que la revista cesara de publicar.